Club de París
Es un foro informal de acreedores oficiales y países deudores. Su función es coordinar formas de pago y renegociación de deudas externas de los países e instituciones de préstamo. Su creación, que es la primera reunión informal, es de 1956 cuando Argentina estuvo de acuerdo en efectuar un encuentro con sus acreedores públicos. Acuerdo concluido el 16 de mayo.
Las reuniones se efectúan en París 10 a 11 veces al año entre sesiones de renegociación, análisis de deuda o aspectos metodológicos. El Presidente de las sesiones es un alto funcionario de dirección de la Tesorería de Francia. El Copresidente y Vicepresidente son también funcionarios de la Tesorería de Francia.
Se han efectuando al momento (2009) 408 acuerdos con 86 países deudores.
A pesar de ser un grupo informal tiene los siguientes principios:
Es un foro informal de acreedores oficiales y países deudores. Su función es coordinar formas de pago y renegociación de deudas externas de los países e instituciones de préstamo. Su creación, que es la primera reunión informal, es de 1956 cuando Argentina estuvo de acuerdo en efectuar un encuentro con sus acreedores públicos. Acuerdo concluido el 16 de mayo.
Las reuniones se efectúan en París 10 a 11 veces al año entre sesiones de renegociación, análisis de deuda o aspectos metodológicos. El Presidente de las sesiones es un alto funcionario de dirección de la Tesorería de Francia. El Copresidente y Vicepresidente son también funcionarios de la Tesorería de Francia.
Se han efectuando al momento (2009) 408 acuerdos con 86 países deudores.
A pesar de ser un grupo informal tiene los siguientes principios:
- Las decisiones se toman caso a caso, de acuerdo a la situación del país deudor.
- Las decisiones son tomadas por consenso entre los países acreedores.
- Es condicional, se trata sólo con países que necesitan reestructurar su deuda e implementan reformas para resolver problemas de pago. En la práctica esto significa que debe haber un préstamo o programa de reprogramación previamente aprobado por FMI.
- Solidaridad, los acreedores están de acuerdo en implantar los términos de acuerdo.
- Igualdad de tratamiento entre los acreedores. Ningún país deudor puede dar un tratamiento desfavorable a otro acreedor con el cual se ha llegado a un consenso en el Club de París.